MOTU PROPRIO
SANCTA DEI GENITRIX
De Su Santidad
Alejandro IX
Siervo de los Siervos
de Dios
La Santa Madre de Dios, protectora y
defensora de la Santa Iglesia Católica Apostólica Remanente, ha
sido y seguirá sendo el modelo de conducta a seguir por todos
aquellos que aman a la Iglesia. Así como la Santa Virgen fue
inmaculada antes, durante y después del parto, así también la
Iglesia es inmaculada y se encuentra inmune de toda mancha o error.
Pueden errar los hombres, pero no puede errar la Santa Iglesia, que
asistida perpetua y eternamente por el Espíritu Santo, espera el
regreso de Jesucristo en Gloria y Majestad.
Así como la Iglesia, Cuerpo Místico
de Cristo no puede errar ni albergar dentro de sí la inmundicia ni
el error, sino que aquellos que caen en herejía sin expulsados
inmediatamente hacia el exterior de ella, dónde sólo hay llanto y
muerte, así también corresponde a Nos, proteger a todos los fieles
de que no se contaminen con aquellos que, diciéndose defensores de
la verdad, pactan con el Padre de la Mentira a fin de perder, incluso
si pudieran, a los predestinados.
En nuestra obligación de confirmar a
nuestros hermanos en la fe, es que hemos decidido de un tiempo a esta
parte, y en virtud de las diferentes solicitudes, requerimientos y
consultas que se realizaran a Nos, decretar que a partir del día
domingo 22 de febrero del año 2015 de la Gracia, no se permita el
ingreso a nuestros sagrados lugares, para observar cualquier
celebración litúrgica, de ninguno que no haya sido admitido en el
Seno de la Santa Iglesia Católica Apostólica y Remanente.
No conduce el ánimo sectario, sino la
consciencia de ser custodios de un grandísimo e inefable tesoro el
que nos impide hacer de la Santa Misa un espectáculo para los
profanos. Por ello, es necesario carísimos hijos, que recordéis que
sólo pueden asistir al Sagrado Convite los fieles católicos que se
encuentren en paz y comunión con la Santa Sede Apostólica en el
Exilio. Todos aquellos que no son fieles de la Iglesia, deben quedar
excluidos de la Santa Misa y no pueden siquiera ser admitidos a
nuestros templos, salvo para su incorporación como tales y según
las normas y usos eclesiásticos reservados muy especialmente a Nos y
a Nuestros Sucesores a perpetuidad.
Por lo tanto, y en virtud de Nuestra
Autoridad, decretamos y establecemos que no se permita la asistencia
a ningún acto litúrgico celebrado por los sacerdotes en paz y
comunión con la Santa Sede Apostólica en el Exilio, de cualquier
infiel. Queda total y absolutamente prohibido que aquellos que no
pertenecen a la Santa Iglesia puedan siquiera presenciar la
administración de nuestros sacramentos. Igualmente, establecemos por
medio de estas letras, que si algún sacerdote, obispo, patriarca o
cualquier otra dignidad tolerase o admitiese a los infieles en
nuestros templos, contraviniendo este acto de Magisterio, queda
inmediatamente suspendido a divinis.
Dado en Villa María, a los 21 días
del mes de Marzo,
Año MMXVI de la Gracia.
VI de Nuestro Pontificado.