sábado, 23 de enero de 2016

Resolución Sinodal sobre la Liturgia

Resolución Sinodal Número IV
Sobre la Sagrada Liturgia


Los Reverendos Padres Sinodales, reunidos en el Espíritu Santo, por convocatoria del Santo Padre Alejandro IX han presentado las inquietudes respecto a la, todavía, diversidad litúrgica en la Iglesia Católica Remanente.
SER Cardenal Michael de la Compasión, Prefecto de la Sagrada Congregación para la Disciplina de los Sacramentos presentó ante los padres sinodales el plan de unidad y uniformidad litúrgica, el cual comprende las siguientes etapas, que fueron votadas y aprobadas por los padres, estableciendo una reserva, también votada y aprobada.
Primero: A partir del día Domingo de Ramos del año 2016 hasta la promulgación del Libro de Uso Litúrgico General, que remplazará todos los misales, devocionarios y leccionarios que al presente existan, para toda la Iglesia Católica Remanente, en la Iglesia Latina se celebrará únicamente con el Misal aprobado por San Pío X, y en las Orientales, con el rito propio de los uniatos.
Segundo: A partir del día Domingo de Ramos del año 2016 hasta la promulgación del Libro de Uso Litúrgico General, se empleará el Calendario Litúrgico promulgado en la época de San Pío X, para la Iglesia Latina, y el correspondiente a las Iglesias Uniatas para las orientales.
Tercero: Queda prohibido, bajo pena de excomunión, utilizar cualquier rito o uso litúrgico fuera de los aquí establecidos.
Cuarto: Las Iglesias de Rito Oriental en Paz y Comunión con el Papa Alejandro IX mantendrán sus propios Ritos, pero ajustarán su Calendario Litúrgico al del Libro de Uso Litúrgico General.

Dado en Mar del Plata, residencia de verano del Santo Padre Alejandro IX

A los 23 días del mes de Enero del año 2016 de Nuestro Señor