sábado, 17 de marzo de 2012

Encíclica Gravissima mala sunt, sobre el crimen de la homosexualidad


Carta Encíclica 

GRAVISSIMA MALA SUNT


de 
Su Santidad Alejandro IX
Siervo de los Siervos de Dios

Sobre el pecado de la homosexualidad y el justo castigo de Dios





Muy graves son los males que aquejan al mundo que la Iglesia no puede permanecer muda ante ellos. Es por eso que El II Sínodo de Mar del Plata hizo mención especifica de estas calamidades como una señal de la Ira de Dios, y Nos, Vicario de Cristo y Pastor Supremo de la Iglesia Militante tenemos el deber y la obligación de buscar los medios para la aplicación de las medidas que el Sínodo, convocado y congregado por Nuestra Autoridad se lleven adelante.

Es por ello que hemos decidido comenzar por el mayor problema moral de nuestra época: la homosexualidad. Si bien la doctrina de la Iglesia Católica fue siempre la misma, desde hace muchos años se infiltró bajo la idea de «tolerancia» la herejía de que los inmorales practicantes de ese horrendo vicio y pecado tenían derecho a un cuidado pastoral especial e incluso, ser aceptados en la Iglesia como hijos de Dios. ¿Cómo puede considerarse semejante cosa cuando ellos mismos rechazan al Creador de Todo y se sumergen en el estiercol de su propia corrupción? ¿Cómo tolerar a quienes destrozan nuestra sociedad y mancillan lo poco que queda de Santo en el Mundo? ¿Que tipo de amor podemos tener sobre los que practican un crimen por el que Dios, Nuestro Señor clama sangre?

Nos, por Nuestra Autoridad Apostólica declaramos que es absolutamente falso que la homosexualidad pueda ser considerada una enfermedad y por lo tanto, los infames pecadores contra la naturaleza ser exculpados por su conducta viciosa y bestial. De la misma manera declaramos ser falso que ellos merezcan cualesquier consideración de la Iglesia, sus fieles o sus pastores que no sea la de las oraciones privadas por su conversión. Antes bien, ordenamos y establecemos que aquellas personas que se sepa sean públicos pecadores, viciosos homosexuales sean alejados de nuestros templos, capillas, centros de oración, etc., salvo que hagan pública enmienda y promesa de alejarse de tan nefasto mal que incita la ira de Dios. Porque de la misma manera que la Iglesia ha castigado el aborto con la excomunión, Nos, Alejandro IX, Siervo de los Siervos de Dios decretamos que sean penados con la privación absoluta de la comunión de todos los homosexuales, sea cuales sean los títulos que estos mismos se arroguen, y de la misma manera, que sean privados de los sacramentos todos quienes colabores con ellos o los defiendan públicamente.

Corresponde, tal como acordáramos en el II Sínodo de Mar del Plata, a los Reverendos Obispos la vigilancia extrema de las diócesis, a fin de detectar a los posibles homosexuales, y a los sacerdotes separar de las comunidades a los infiltrados entre los fieles. Ordenamos que se hagan listas con los nombres de los mismos y que éstas sirvan para vigilancia de los sacerdotes y que las mismas circulen entre los clérgos a fin de evitar que los infames viciosos y degenerados se acerquen a nuestros Templos, Escuelas, Monasterios, Centros de Misas o cualesquier lugar de culto salvo para hacer pública enmienda y reparación de sus actos.

Nos, Alejandro IX, Siervo de los Siervos de Dios recordamos que los homosexuales deben ser amonestados públicamente y los fieles deben abstenerse a tener cualesquier contacto con los enemigos del Orden por Dios querido, incluso si se tratase de familiares o amigos. Confiamos en que las continuas oraciones a Dios Omnipotente darán a estas personas, reducidas a bestias la luz suficiente para alejarse de su pecado y volver al camino de Dios.


Con Nuestra Bendición Apostólica,
Alejandro IX, Siervo de los Siervos de Dios
Dado en Villa María,
A los 17 días del mes de marzo del año MMXII de la Encarnación.
III de Nuestro Pontificado.