sábado, 12 de noviembre de 2011

Dictamen sobre la ordenación de un hombre casado

DICTAMEN DE LA SAGRADA CONGREGACIÓN DEL CONCILIO DE TRENTO
SOBRE LA ADMINISTRACIÓN DE LAS ORDENES SAGRADAS
A UN HOMBRE CASADO




Su Excelencia Reverendísima Monseñor Christian Berry se dirigió a esta Sagrada Congregación a fin de pedir un fallo sobre la siguiente cuestión:

En su diócesis existe un candidato al sacerdocio, de probada moral, estudios teológicos avanzados, el cual cuenta con el favor de los fieles así como de varios sacerdotes. Empero, este candidato está casado y posee dos hijos. SER Monseñor Christian Berry pregunta si se puede ordenar a este hombre al sacerdocio, toda vez que en su diócesis existen muy pocos sacerdotes.

La Sagrada Congregación del Concilio resuelve:

Dado que la ordenación de un hombre casado se considera válida en las Iglesias de Rito Oriental en paz y comunión con la Santa Sede,
Dado que aquellos que provienen de la herejía anglicana son recibidos como laicos y si están casados igualmente se los ordena y fungen funciones sacramentales,
Dado que Su Santidad de Venerable Memoria León XIV dio un indulto ad experimentum permitiendo la ordenación de hombres casados, empero no que los clérigos ya ordenados contrajeran nupcias,
Dado que Su Santidad Alejandro IX en el Sínodo Africano recordó a los presentes que el Celibato era un tesoro de toda la Iglesia y que estaba conservado en el Rito Latino y que el mismo lo había elevado a la perfección,
Y dado que el hombre que se presenta como candidato es un episcopaliano converso que recibe los sacramentos a su vez de un sacerdote que en su pasado fue episcopaliano y a su vez está casado,
Esta Sagrada Congregación declara que la ordenación puede realizarse siempre y cuando el ordenado quede bajo el ritual Sarum de los anglicanos conversos a la Fe Católica.


SER Cardenal Michael de la Compasión, Prefecto.
SS Alejandro IX, Refrendado.

Dado en Villa María
25 de octubre de MMXI de la Encarnación